Urgen políticas públicas para
instrumentar Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares: Sánchez
Cordero
Este ordenamiento homologa
los procedimientos, agiliza el sistema de impartición de justicia y brinda mayor
certidumbre jurídica, destaca
Con-textos Regionales.-
Senado de la República / Pablo Hernández / La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga
Sánchez Cordero, calificó como “apremiante” que se definan las políticas y
directrices que permitan la rápida instrumentación en los estados del Código
Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, que se publicó el 7 de junio
de este año y cuyo plazo su implementación no puede exceder del 1 abril de 2027.
Durante su participación, en la cátedra
“Melquiades Morales”. Conferencia sobre el Código Nacional de Procedimientos
Civiles y Familiares, que organizó la Universidad Anáhuac, campus Puebla, la
senadora de Morena, explicó que el antecedente más relevante de este producto
legislativo, fue la reforma constitucional del 15 de septiembre de 2017, que
entre otras cosas, estableció que el Congreso de la Unión tenía la obligación y
la atribución de expedir la legislación única en materia procesal civil y
familiar.
Reconoció que las 32 entidades
federativas, al ejercer sus atribuciones para expedir sus propias reglas
procesales en el orden civil y familiar, terminaron por generar a lo largo del
país una diversidad de normas.
Ello, propiciaba incertidumbre respecto
de la aplicación y sentido de la justicia, debido a la variedad de normas
procesales, caracterizada por una disparidad entre las reglas, los plazos, los
términos, los criterios, las instituciones procesales y las sentencias, que
incluso en ocasiones resultaban contradictorias.
Destacó que en la construcción de esta
herramienta, se escucharon las voces de diversas organizaciones de la sociedad
civil, colectivos de personas con discapacidad, organizaciones de búsqueda de
personas desaparecidas o no localizadas, feministas, especialistas en derecho.
Así como de integrantes del poder
judicial tanto del ámbito federal como local, de senadores, senadoras,
diputadas, diputados, organismos gubernamentales, financieros, de la PROFECO,
de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados y, en general, de todas las personas
que representaron las distintas voluntades políticas.
Sánchez Cordero consideró que esta
legislación “marcará un hito en el sistema de impartición de justicia en todo
el país, al tratarse de un instrumento de gran calado, incluso mayor al que
representó la correspondiente reforma al sistema integral de justicia penal de
2008, que culminó con la expedición del Código Nacional de Procedimientos
Penales, el 5 de marzo de 2014”.
Destacó la importancia del nuevo Código por
la magnitud de asuntos que hoy en día se judicializan en todo el país en las
materias civil y familiar, que rondan, dijo, alrededor del 70 por ciento del
total de juicios y procedimientos que son instaurados; lo que hace más que
notorio y evidente el impacto que esta legislación tendrá en la justicia
cotidiana, pero sobre todo en la construcción de la paz social.
La legisladora explicó que este
ordenamiento homologa los procedimientos, robustece y agiliza el sistema de
impartición de justicia, brinda a las personas justiciables una mayor seguridad
y certidumbre jurídica, privilegia la oralidad, la solución de los conflictos
sobre los formalismos, la reducción de los términos extensos y de las costas
onerosas, así como el desgaste emocional de las personas involucradas, a través
de un efectivo acceso a la justicia pronta, completa e imparcial y garantiza la
tutela judicial efectiva.
“Quiero destacar que este cuerpo normativo
quedó integrado por mil 191 artículos, divididos en 10 libros y un régimen
transitorio de 20 artículos, que sin duda tiene áreas de oportunidad que con el
tiempo se irán perfeccionando”.
Detalló que el Código Nacional abordará
temas de violencia en contra de las niñas, niños, adolescentes, mujeres y de
personas que históricamente han sido vulneradas, de una manera integral,
precisa, profunda y detallada.
“En el glosario de términos, se
incluyeron definiciones vanguardistas y progresivas de los conceptos que hasta
ahora ninguna legislación procesal había adoptado, los cuales atienden a los
principios del interés superior de la niñez; el juzgar con perspectiva de
género, igualdad, equidad y la accesibilidad de grupos de atención
prioritaria”.
Sánchez Cordero agregó que se incluyó la
figura de ajustes de procedimiento y accesibilidad, que consiste en que la
autoridad jurisdiccional podrá establecer formatos alternativos, que permitan
la accesibilidad estructural y de comunicación.
Además de suplir la deficiencia de los
planteamientos para proteger los intereses de la familia, personas mayores,
niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad o cualquier otra que ha
sido históricamente vulnerada, respetando el equilibrio procesal entre las
partes; tarea que será novedosa para todas las personas juzgadoras.
Se estableció que en casos que impliquen
violencia, la autoridad adoptará las medidas necesarias para que cesen, lo que incluye
las relativas al régimen de convivencia, guarda y custodia y, en su caso,
separación de personas, las medidas de protección deberán cumplimentarse en un
término no mayor a 72 horas.
La legisladora dijo que también se
reconoció la figura de violencia vicaria y en los juicios de alimentos se
contempla que cuando el deudor alimentario haya dejado de cumplir con sus
obligaciones, en cualquier momento del procedimiento, podrá solicitarse a la
autoridad jurisdiccional lo haga del conocimiento del Registro de Deudores
Alimentarios Morosos o institución equivalente en las entidades federativas.
Y se incorporó la institución jurídica de
la declaración especial de ausencia por desaparición, que busca proteger los
derechos de las personas desaparecidas, con el propósito de mantener
íntegramente el reconocimiento y protección de la personalidad jurídica, sus
derechos patrimoniales y laborales, y en su caso, la conservación de la patria
potestad de sus hijos o hijas, así como la protección de sus familias.