CONVOCATORIA URGENTE DEL CONGRESO ESTATAL A LOS PROFESIONALES DEL DERECHO
LA LXII LEGISLATURA
CONVOCA
Contextos Regionales
A todos los
profesionales del derecho que deseen participar en el proceso de
selección para designar a un profesional del derecho de reconocido prestigio
académico o que haya destacado en el ejercicio de la profesión, como Consejero
integrante del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de
Tlaxcala, en los términos que señalan los artículos 85 fracción IV de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 63 y 64 párrafo
primero de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala; de
acuerdo con las siguientes:
BASES
PRIMERA. De
conformidad con los artículos 83 y 85 fracciones IV de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, y 64 párrafo primero de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, cada aspirante deberá
cumplir con los siguientes:
REQUISITOS
LEGALES
I. Ser ciudadano mexicano, originario
del Estado o con residencia en el Estado no menor de tres años inmediatos
anteriores al día de la designación, en pleno ejercicio de sus derechos
políticos y civiles;
II. Tener cuando menos treinta
y cinco años de edad cumplidos al día de la designación;
III. Poseer el día de la
designación título y cédula profesional de licenciado en derecho con antigüedad
mínima de diez años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada
para ello;
IV. Gozar de buena reputación y
no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año
de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de
confianza y otro que afecte seriamente la buena fama en el concepto público,
inhabilitará para el cargo;
V. No haber ocupado el cargo
de Gobernador, Secretario o su equivalente, Procurador General de Justicia,
Diputado local, Presidente Municipal o titular de algún organismo público
autónomo en el Estado, ni Senador o Diputado Federal, durante el año previo al
día de su designación.
SEGUNDA. Para la
comprobación de los requisitos citados en el punto que antecede, cada aspirante
deberá entregar la siguiente:
DOCUMENTACIÓN
1. Síntesis
curricular en un máximo de tres hojas, con sus respectivos anexos en copia
simple;
2. Acta de Nacimiento
en copia certificada expedida por la autoridad Competente;
3. Identificación
oficial válida en copia simple;
4. Carta de
Antecedentes No Penales vigente, expedida por la Procuraduría General de
Justicia del Estado;
5. Constancia de
Radicación en el Estado, expedida por la autoridad competente;
6. Constancia de No
Inhabilitado, expedida por la Contraloría del Gobierno del Estado;
7. Carta de
exposición de motivos, dirigida al Congreso del Estado, en tres cuartillas como
máximo, y
8. Carta Dirigida al
Congreso del Estado en la que manifieste
“Bajo Protesta de Decir Verdad” no haber desempeñado alguno de los cargos
mencionados en la Base Primera, Fracción V de esta Convocatoria.
En caso de que lo manifestado bajo protesta de
decir verdad por el aspirante resulte falso, el Congreso del Estado se reserva
el derecho de revocar su solicitud y proceder penalmente.
TERCERA. Los
aspirantes se sujetarán a las siguientes:
FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
PRIMERA. Recepción de solicitudes y documentación. Se efectuará únicamente
el día 15 de febrero del año dos mil diecisiete,
en la oficina que ocupa la Secretaría Parlamentaria del Congreso del Estado de
Tlaxcala, en el horario siguiente: de 09:00 a 14:00 horas. Debiéndose entregar
al solicitante el acuse de recibo de su solicitud, al que se le imprimirá el
folio de participante que corresponda.
Concluido el plazo
para la recepción de documentos, por conducto de la Secretaría Parlamentaria
del Congreso del Estado de Tlaxcala, publicará en los estrados de la misma, la
lista con los folios correspondientes a los aspirantes que hayan cumplido con
los requisitos de elegibilidad previstos en la presente convocatoria.
SEGUNDA. Entrevista. Para quienes cumplan con los requisitos de
elegibilidad señalados en esta convocatoria, se realizará el día quince de
febrero del presente año, a partir de las dieciséis horas, en las instalaciones
del Salón Verde del Congreso del Estado, quienes deberán presentarse con quince
minutos de anticipación. Dicha entrevista se practicará por los integrantes de
la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos
Políticos.
Los aspirantes
serán entrevistados conforme al orden del folio que les haya sido asignado.
Dicha entrevista versará sobre temas relacionados con la instrumentación y
ejecución de políticas encaminadas a la administración, vigilancia y disciplina
y los relativos a la carrera judicial, así como aquellos inherentes a las
facultades del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.
La Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación
y Justicia y Asuntos Políticos, considerando la experiencia de los aspirantes,
su prestigio, trayectoria y buena fama;
así como el resultado de la entrevista, emitirá el dictamen correspondiente,
mediante el cual se valide el proceso de selección de Consejero integrante del
Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, en el que aparecerá el nombre de los aspirantes
mejor evaluados que resulten idóneos para el cargo y por tanto puedan ser objeto
de la designación prevista en el
artículo 85 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Tlaxcala.
TERCERA. El Pleno del
Congreso del Estado, elegirá a quien debe integrar el Consejo de la Judicatura
del Poder Judicial del Estado, con base al Dictamen con Proyecto de Decreto que
presente la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y
Asuntos Políticos.
CUARTA. La Comisión
de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, se
reserva el derecho de verificar la autenticidad de los documentos que presenten
los aspirantes, en cualquier momento y por los medios que estime pertinentes,
hasta la conclusión del proceso de selección.
QUINTA. Los casos no
previstos en esta convocatoria serán resueltos por la Comisión de Puntos
Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, y sus decisiones
serán inapelables.
SEXTO. Publíquese esta convocatoria en los medios de
comunicación digitales y en la página de internet del Congreso del Estado.
Dado en la sala de comisiones Xicohténcatl
Axayacatzin del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del
Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl,
a los catorce días de febrero de dos mil
diecisiete.
LA
COMISIÓN DICTAMINADORA.
DIP. IGNACIO RAMÍREZ SÁNCHEZ
PRESIDENTE
DIP. FLORIA MARÍA HERNÁNDEZ
HERNÁNDEZ DIP. SANDRA CORONA PADILLA
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DIP. CARLOS MORALES BADILLO DIP. AGUSTÍN NAVA HUERTA
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DIP.FIDEL
AGUILA RODRÍGUEZ DIP.
HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ
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