Aprueba LX
Legislatura Poblana modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia para garantizar su protección
Este
sector podrá apoyarse en estas acciones para que al regresar a su hogar no
vuelvan a agredirlas junto con hijos
Contextos Regionales.- Puebla,
Pue. Integrantes de la LX Legislatura aprobaron por unanimidad el
Proyecto de Dictamen con Minuta de Decreto para reformar la Ley para el Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la finalidad de garantizar la
protección civil y familiar de las mujeres que han sido víctimas de violencia,
armonizando la ley federal con el ordenamiento estatal.
La diputada,
Mónica Lara Chávez señaló que las mujeres podrán apoyarse en estas órdenes de
protección para que al regresar a su hogar no vuelvan a agredirlas junto con
hijos, o bien en otros casos, que las víctimas busquen un refugio en donde los
agresores se vean imposibilitados para no molestarlas.
La
armonización de este ordenamiento garantizará la protección de las mujeres
cuando presenten una denuncia ante el Ministerio Público o ante el Juez, lo que
permite coadyuvar en la prevención de la violencia hacia ellas.
En tanto,
el diputado Raúl Espinosa Martínez consideró que la violencia que sufren las
mujeres no solo debe preocupar los legisladores, sino que los debe poner a
trabajar por lo que ningún esfuerzo tiene que ser discriminado, ya que el
género femenino se ve afectado por la agresión sexual, física, verbal,
económica, psicológica, patrimonial, obstétrica, laboral educativa,
institucional y que incluso en ocasiones llega hasta el homicidio.
Con este
objetivo se adiciona el artículo 27 bis, las órdenes de protección de
naturaleza civil o familiar para la suspensión temporal al agresor del régimen
de visitas y convivencia con sus descendientes, prohibición del agresor a
enajenar o hipotecar bienes de su propiedad cuando se trate de domicilio
conyugal, y en cualquier caso cuando se trate de bienes de la sociedad
conyugal.
Además, la
posesión exclusiva de la víctima sobre el inmueble que sirva de domicilio y el
embargo preventivo de bienes del agresor, que deberá inscribirse con carácter
temporal en el Registro Público de la Propiedad a efecto de garantizar las
obligaciones alimentarias.
Finalmente,
el dictamen fue aprobado por mayoría y se giró la instrucción de notificarse al
Ejecutivo para la publicación en el Diario Oficial del Estado para su
publicación.