Busca PRI precisar reglas para la
reelección de diputados en Veracruz
Presenta el diputado Carlos Antonio Morales
Guevara iniciativa que reforma el Código Electoral y la Ley Orgánica del Poder
Legislativo
Contextos Regionales
Raúl Contreras
El Grupo Legislativo del Partido Revolucionario
Institucional (PRI) en la LXIV Legislatura, a través del diputado Carlos
Antonio Morales Guevara, presentó una iniciativa de reforma al Código Electoral
y la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de Veracruz, para
determinar con precisión reglas relativas a la reelección de diputados.
Durante la sexta sesión ordinaria, del segundo
periodo de la actual Legislatura, el diputado propuso que podrán ser sujetos a
elección consecutiva los diputados que hayan ejercido el cargo,
independientemente de su carácter de propietario o suplente.
La iniciativa prevé que los diputados que pretendan
reelegirse deberán separarse del cargo cuando menos, 90 días antes de la
elección. Una vez concluida la jornada electoral, o en su caso, recibida la
constancia de mayoría o asignación, según se trate, podrán reincorporarse al
mismo.
Los diputados que pretendan la reelección, sólo podrán
ser postulados por el mismo Distrito Electoral por el que obtuvieron su
constancia de mayoría en la elección inmediata anterior, o bien siendo
incluidos en la lista de Diputados por el principio de Representación
Proporcional del partido político que corresponda.
Para efectos de la reelección de diputados por el
principio de mayoría relativa, el Consejo General del Instituto emitirá los
criterios de equivalencia, cuando por acuerdos del Instituto Nacional Electoral
cambie la demarcación de distritos electorales o el número total de éstos.
En el caso de diputados electos como candidatos
independientes, sólo podrán postularse para la reelección con la misma calidad
de candidato independiente, salvo que se afilie y demuestre su militancia en un
partido político antes de la mitad de su
mandato, caso en el que podrá postularse para reelección por dicho partido,
bajo el principio de mayoría relativa o el de representación proporcional.
Los candidatos a diputados que busquen reelegirse en
sus cargos, deberán declarar bajo protesta de decir verdad, estar cumpliendo
los límites establecidos por la Constitución Federal y la del Estado.
Los servidores públicos que pretendan participar en
una precampaña electoral o proceso interno, con el objeto de alcanzar la postulación
o designación de su partido político para algún cargo popular en el Estado
deberán solicitar licencia sin goce de sueldo para ausentarse de su cargo, por
lo menos cinco días antes de su registro como precandidatos.
Quienes no resulten ganadores en el proceso interno
podrán reincorporarse al cargo del cual pidieron licencia; los que sean
postulados deberán mantener su licencia hasta la conclusión del proceso
electoral.
En tribuna, el legislador Morales Guevara subrayó
que doctrinalmente la reelección es vista con conveniencia pues al ser el voto
el mecanismo de control democrático por excelencia, éste puede ser utilizado
como un mecanismo de “premio y castigo”. En ese sentido, si un funcionario
público busca reelegirse en el cargo, tiene que cultivar a su electorado,
explicarles su conducta, presentarles argumentos, cifras y eventualmente algún
beneficio material concreto.
La reelección permite la profesionalización de los
legisladores. Como cualquier institución, el Poder Legislativo requiere una
necesaria curva de aprendizaje, la cual se da generalmente en contra de la
propia ciudadanía, y hay veces en donde el tiempo que los legisladores duran en
su encargo, apenas alcanza para salir de dicha curva, añadió.
Esta iniciativa fue turnada a las Comisiones
Permanentes Unidas de Organización Política y Procesos Electorales y De
Gobernación, para su estudio y dictamen correspondiente.