Analizará Congreso veracruzano propuesta de
Ley del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa
Turnan a
comisiones legislativas la iniciativa presentada por el Gobernador del Estado
que prevé la regulación, integración, atribuciones y organización de este
Tribunal.
Contextos
Regionales.- Xalapa, Ver., Pablo Hernández. Para dar cumplimiento al mandato constitucional relacionado con la
instauración del Sistema Estatal Anticorrupción, la LXIV Legislatura dio
entrada a la iniciativa con proyecto de Ley Orgánica del Tribunal Estatal de
Justicia Administrativa, presentada por el Gobernador del Estado, que tiene por objeto determinar la integración,
organización, atribuciones y funcionamiento de este organismo.
En la propuesta de ley se establece que el Tribunal
será un órgano jurisdiccional con autonomía e independencia para dictar sus
fallos dotado de plena jurisdicción; formando parte del Sistema Estatal
Anticorrupción y actuando de forma coordinada con el Sistema Nacional
Anticorrupción, conforme a las bases establecidas en la Carta Magna federal.
De acuerdo a la iniciativa, esta ley representa el
instrumento jurídico que dotará a dicho Tribunal de la estructura orgánica
necesaria para atender las labores
derivadas de sus competencias, así como para garantizar su autonomía y
consolidar un esquema de justicia administrativa y de combate a la corrupción.
Este Tribunal –cuya residencia será en la Ciudad de
Xalapa- sería integrado por cuatro magistrados, cuyo periodo del encargo será
de 10 años.
De acuerdo con el texto, este Tribunal impartirá
justicia de manera dinámica, funcionando con cuatro Salas Unitarias y una Sala
Superior que conocerán en primera como en segunda instancia, respectivamente.
El Magistrado de la Sala Unitaria que conozca en primera instancia no conocerá
del asunto en segunda instancia, garantizando imparcialidad en sus
resoluciones, conforme a la reforma constitucional de combate a la corrupción.
El Tribunal contará con un Sistema de Carrera
Profesional de Justicia Administrativa, basado en los principios de honestidad,
eficiencia, capacidad y experiencia.
El Tribunal es competente para dirimir las
controversias entre la administración pública estatal o municipal y los
particulares; imponer las sanciones a los servidores públicos estatales o
municipales por las responsabilidades administrativas que la Ley General
determine como graves y a los particulares que incurran en actos vinculados con
faltas administrativas graves.
Conocerá también de las responsabilidades
administrativas de los servidores públicos y particulares vinculados con faltas
graves promovidas por los Órganos Internos de Control de los entes públicos
estatales, municipales, los organismos autónomos, o por el Órgano de
Fiscalización Superior del Estado, para la imposición de sanciones, en términos
de lo dispuesto por la Ley General y la Ley Estatal de Responsabilidades.
Además estaría facultado fincar a los responsables
el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños
y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal, Municipal o al
patrimonio de los entes públicos estatales, municipales y a los particulares
afectados por los hechos o actos de servidores públicos.
Los artículos transitorios señalan que una vez
remitidas las propuestas de Magistrados por el Gobernador, el Congreso del
Estado, deberá nombrarlos dentro de los 30 días hábiles siguientes.
La instalación del Tribunal Estatal de Justicia
Administrativa deberá realizarse dentro de los sesenta días hábiles siguientes
al nombramiento de los Magistrados.