DIPUTADOS TLAXCALTECAS CREAN LA LEY DE ATENCIÓN INTEGRAL DE INSUFICIENCIA
RENAL
También adecuaron la Ley de Salud para
reconocer y promover la medicina tradicional
Contextos Regionales.- Por mayoría de votos, los integrantes de la LXIII
Legislatura de Tlaxcala aprobaron en la sesión de este jueves, la Ley para la
Atención Integral de Insuficiencia Renal en el Estado de Tlaxcala, para
establecer los lineamientos para fomentar la salud, prevención, detección, y
diagnóstico oportuno, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica la
insuficiencia renal crónica y lesión renal aguda en la entidad.
Con la Ley aprobada que consta de 45 artículos
y 6 transitorios, se procurará la coordinación entre las autoridades para
atender la insuficiencia renal, se creará un programa permanente para la
prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de dicho padecimiento, y
establece las normas para el control, vigilancia y evaluación epidemiológica
relacionados con tal enfermedad.
Las
disposiciones que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado, establece que las personas que
residan en el Estado tendrán derecho a la atención integral de la insuficiencia
renal y; que el Programa comprenderá las acciones de prevención, consejería,
detección, diagnóstico y tratamiento de dicho padecimiento.
También
establece que el OPD Salud Tlaxcala emitirá las disposiciones, lineamiento y
reglas para la atención integral de la insuficiencia renal y que esa misma
instancia brindará los servicios de atención farmacológica, diálisis
peritoneal, hemodiálisis, trasplante de riñón, así como atención paliativa para
pacientes en etapa terminal y sus familiares.
Con
la nueva norma se crea el Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento del
Programa de Atención Integral de la Insuficiencia Renal en el Estado de
Tlaxcala, y también se preverá el derecho de las personas a recibir evaluación
diagnóstica y seguimiento oportuno ante la sospecha o confirmación de padecer
insuficiencia renal.
La dependencia
encargada de la salud de las personas en el Estado estará obligada a integrar
una base de datos y un sistema de información, con la finalidad de llevar el
control y vigilancia epidemiológica de la insuficiencia renal en el Estado,
misma que se remitirá a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.
Para
la operación de la nueva normatividad, los Legisladores establecieron que el
OPD Salud proveerá el gasto para la operación del Programa de Atención
Integral, en su anteproyecto de egresos, misma que tomará en cuenta el Congreso
del Estado al momento de aprobar el Presupuesto de Egresos del año que
corresponda.
Mientras
tanto, para la realización de los
estudios clínicos de química sanguínea de siete elementos, que deban realizarse
a fin de establecer el grado principal de la Creatinina y detectar los valores
correspondientes en cada persona que los solicite, se ejercerán ocho millones de pesos del fondo a que se refiere el
artículo 13 transitorio del Presupuesto de Egresos de este año.
El
Comité Técnico de Evaluación y Seguimiento del Programa de Atención Integral,
deberá integrarse y celebrar su sesión de instalación dentro de los 60 días
naturales posteriores a la entrada en vigor de esta Ley, y la Secretaría de Salud deberá publicar
los lineamientos de operación del Programa de Atención Integral, dentro de los
90 días naturales posteriores al inicio de la vigencia de la nueva norma.
Además, la Secretaría de Salud del Estado de
Tlaxcala, emitirá y difundirá, en los
meses de enero a marzo de cada año, un calendario de jornadas de detección
oportuna de la Insuficiencia Renal, mientras que para este año, el calendario
será emitido y difundido 60 días después de la entrada en vigor de la nueva
ley.
En
la misma sesión, los Legisladores adecuaron la Ley de Salud del Estado de
Tlaxcala para reconocer, promover el conocimiento, la práctica y desarrollo de
la medicina tradicional.
Las
nuevas disposiciones también establecen que se debe integrar un sistema de
información y una base de datos para la prevención, atención, control y
vigilancia epidemiológica de la insuficiencia renal.
De
la misma manera las autoridades del sector deberán elaborar un censo e
integrar, administrar y actualizar el patrón de personas que padezcan
insuficiencia renal, misma que deberá actualizarse cada semestre.