jueves, 6 de abril de 2017

PRESENTA JESUS PORTILLO INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DE SEGURIDAD PÚBLICA EN EL ESTADO DE TLAXCALA



Contextos Regionales

Durante la vigésima séptima sesión ordinaria, el diputado Jesús Portillo Herrera presentó la iniciativa con proyecto de decreto mediante la cual se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala y sus municipios.

En este sentido, aseguró que el clima de inseguridad que se vive en México se ha extendido en las entidades federativas a través de diferentes manifestaciones de las que Tlaxcala no está exenta. Si bien es cierto que Tlaxcala no se compara con la inseguridad que se vive en otros estados, es necesario hacer un análisis de los diferentes acontecimientos que se han venido presentando en los últimos años, además de que no podemos considerar como hechos aislados los diferentes delitos como robos a casa-habitación, a comercios, asaltos y robo de autos con o sin violencia, sumado a la desaparición de niñas, secuestros, asesinatos y ataques hacia autoridades y a elementos de seguridad pública.

El legislador del Partido del Trabajo recordó  en lo que va del año han fallecido tres policías municipales, uno en el municipio de Terrenate y dos en El Carmen Tequexquitla, además del atentado que sufrió el presidente de comunidad de San Isidro, municipio de Apizaco; el 28 de marzo, dos personas fueron ejecutadas a balazos en Tlaxco.

Portillo Herrera, hizo hincapié de que en la Carta Magna en su artículo 115 establece que los municipios deberán prestar los servicios públicos necesarios para satisfacer las solicitudes de sus habitantes, siendo uno de ellos el de Seguridad Pública, respetando lo que establece la constitución federal y la Constitución Local en su artículo 78, que dicta que la seguridad pública es una función a cargo del Estado y los municipios.

El diputado local Jesús Portillo Herrera, manifestó que en la presente iniciativa se propone adecuar la legislación local para que el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, tenga el carácter de invitado permanente en el Consejo Estatal de Seguridad Pública, como lo contempla el párrafo tercero del Artículo 12 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que a la letra dice: “El Consejo Municipal sesionará ordinariamente cada tres meses y de manera extraordinaria cuando sea convocado por su presidente o por la mayoría de sus integrantes”.