Diputados del
PRI prevén regulación de integración de grupos legislativos en Veracruz
El objetivo
es garantizar la libre expresión de los diputados y hacer plural y equilibrados
los Grupos Legislativos, indicó el diputado Emiliano López Cruz
Contextos Regionales
Raúl Contreras
09/05/2017
A
nombre del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI) el
diputado Emiliano López Cruz presentó una
iniciativa que prevé reformar los artículos 27, 29, 30 y 31 de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo a fin de fomentar la libre expresión de ideas de las
corrientes políticas en el Congreso, así como coadyuvar con los trabajos
legislativos en esta Soberanía.
En
la segunda sesión ordinaria, del segundo periodo de la LXIV Legislatura, el
diputado propuso modificar la ley para indicar que un grupo legislativo se
integrará con al menos tres diputados y sólo podrá haber uno por cada partido político
que cuente con diputados en el Congreso.
El
grupo legislativo se constituirá en la primera sesión ordinaria del primer año
de ejercicio constitucional de la Legislatura de que se trate, con los
diputados provenientes de un mismo partido político y, a efecto, cada grupo
legislativo deberá entregar a la Secretaría General el Acta en la que conste la
decisión de sus miembros de constituirse en Grupo, con especificación del
nombre del mismo y lista de sus integrantes.
Los
grupos legislativos, con base en la similitud de sus agendas o en la comunión
de sus principios políticos e ideológicos, podrán formular acuerdos que se
traduzcan en la conformación de mayorías parlamentarias para la presentación de
propuestas comunes de agenda legislativa, iniciativas de ley o decreto, puntos de
acuerdo y exhortos.
La
Junta de Coordinación Política, de conformidad con el número de Diputados de
cada Grupo Legislativo, acordará la asignación de recursos, locales y
subvenciones, de conformidad con las disposiciones presupuestales aplicables.
Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta de Coordinación Política dispondrá
una subvención mensual para cada Grupo Legislativo, integrada por una suma fija
de carácter general y otra variable, en función del número de diputados que los
conformen.
La
cuenta anual de las subvenciones que se asignen a los Grupos Legislativos se
incorporará a la Cuenta Pública del H. Congreso del Estado de Veracruz, para efectos
de la fiscalización y rendición de cuentas procedente, en términos de ley
respectiva.
La
ocupación de los espacios y las curules en el Salón de Sesiones se hará de
forma que los integrantes de cada Grupo Legislativo queden ubicados en un área
regular y continua.
A
los Diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un Grupo Legislativo
sin integrarse a otro existente, se les guardarán las mismas consideraciones
que a todos los legisladores, y se les apoyará conforme a las posibilidades del
Congreso, para que puedan desempeñar sus atribuciones de representación popular;
pero, en caso de que éstos decidieren agruparse, podrán formar excepcionalmente
un grupo legislativo de carácter mixto o independiente. Dicha
iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Gobernación.