Actualiza LXIV Legislatura la
Ley de Asociaciones Público-Privadas en la entidad veracruzana
Avalan diputados (as) con 24 votos
a favor, 17 en contra y 3 abstenciones esta reforma que incluye en la ley a los
Poderes Legislativo y Judicial, así como organismos autónomos
Contextos regionales
Raúl Contreras
04/07/2017
Para regular la contratación de asociaciones
público-privadas y adecuarla a lo dispuesto en la Ley General de Disciplina
Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios en relación al cargo
total o parcial de recursos federales, la LXIV Legislatura de Veracruz aprobó
el Dictamen de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley
de Asociaciones Público-Privadas y al Código Financiero, ambos del Estado de
Veracruz.
Con esta modificación se asume una mayor
responsabilidad hacendaria por parte de los entes de la administración pública
estatal, los Organismos Constitucionales Autónomos, los Poderes Legislativo y
Judicial que permitirá finanzas públicas sanas, crecimiento económico y una
contribución eficaz a la estabilidad del sistema financiero nacional.
Se establece el plazo para que los entes públicos
inscriban en el Registro Público Único los contratos de Asociación
Público-Privadas y se les proporcione publicidad mediante su página de internet
con la finalidad de transparentar el recurso público, que cuenten con un
registro de los financiamientos y obligaciones que contraigan estos entes.
De esta manera se contempla a los Poderes Judicial y
Legislativo, así como los Organismos Constitucionales Autónomos para que
desarrollen proyectos en la materia, por lo que tendrán acceso a mecanismos
financieros que faciliten su funcionamiento y brinden opciones novedosas
siempre y cuando informen con toda transparencia las obligaciones de pago que
contraigan, el beneficio social que obtendrá y demostrar las ventajas
financieras del esquema de Asociaciones Público Privadas frente a otras formas
de financiamiento.
El Dictamen refiere que únicamente con el voto de
las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado se podrán
autorizar los montos máximos para la contratación de obligaciones derivadas de
los proyectos de Asociaciones Público–Privadas como parte de los contrapesos
institucionales que la Ley de Disciplina Financiera contempla.
La Legislatura local deberá analizar la capacidad de
pago del ente público, el destino del financiamiento u obligación y el
otorgamiento de recursos como fuente de pago o garantía de pago.
Para la autorización del contrato se tiene que
especificar el monto autorizado de las obligaciones a incurrir, el plazo máximo
autorizado para el pago, el destino de los recursos, la fuente de pago o
garantía –que podrá ser otorgada por parte de la Secretaría de Finanzas y
Planeación- y establecer la vigencia de autorización para que no exceda el
ejercicio fiscal siguiente.
Todos los proyectos contratados deberán presentar
las mejores condiciones de mercado, no podrán celebrarse contratos de
asociaciones público-privadas con gobiernos de otras naciones o con sociedades
o particulares extranjeros, ni pagarse en moneda extranjera o fuera del
territorio nacional.
Al Código Financiero del Estado de Veracruz se
agregó la Ley de Asociaciones Público Privadas para el Estado de Veracruz como
órgano regulador y protector para la firma del contrato con cualquier empresa
público-privada.
Este Dictamen fue aprobado con 24 votos a favor, 17
contra y 3 abstenciones.
Al anunciar su voto en contra, la diputada Tanya
Carola Viveros Cházaro, del Grupo Legislativo de MORENA consideró que el
dictamen presenta diversas inconsistencias como la temporalidad de alguna obra
en específico, además de facilitar la transferencia de recursos y sólo
beneficiar a unos cuantos con lo que afectaría los recursos del Estado.