Aprueban incorporar
al Código Penal el delito de “Violación a la Intimidad Sexual” en Veracruz
Se sancionará de cuatro a ocho
años de prisión y multa de mil a dos mil Unidades de Medida y Actualización a
quien cometa este delito
Contextos Regionales.- Xalapa, Ver. | Raúl Contreras | El Pleno de la LXV Legislatura del Estado aprobó la iniciativa,
presentada el 17 de enero de este año por la diputada Montserrat Ortega Ruiz,
con lo que se agrega al Código Penal de la entidad el capítulo denominado
“Violación a la Intimidad Sexual” y por ende sus respectivas sanciones.
En la sesión, quinta ordinaria del segundo periodo,
fue aprobada con 42 votos de diputadas y diputados de los Grupos Legislativos
de Morena, PAN, “Del Lado Correcto de la Historia”, PRI-PVEM, MC-PRD y del
legislador Juan Carlos Molina Palacios.
El Dictamen señala que esta reforma no castiga el
intercambio de imágenes con contenido sexual puesto que es una forma de vivir
la sexualidad, lo que sí se busca castigar es la transgresión de la confianza
depositada de una persona a otra, y que una de ellas difunda o haga pública sin
consentimiento, las imágenes, videos, audios, con contenido sexual que le
fueron enviados.
Se establece que comete el delito de violación a la
intimidad sexual quien por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya o
publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente
de contenido íntimo o erótico sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el
consentimiento de la víctima.
Esta conducta se sancionará de cuatro a ocho años de
prisión y multa de mil hasta dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA),
al momento de que se cometa el delito.
Este delito se perseguirá por querella. En caso de
que esta conducta se realice contra una persona en situación de discapacidad
que no comprenda el significado del hecho, se perseguirá de oficio.
Las penas antes citadas aumentarán en una mitad
cuando: el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina o por
persona con la que esté o haya estado unida la víctima en alguna relación de
afectividad, aún sin convivencia; se cometa en contra de una persona que por su
situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho o que de esa
acción se obtenga algún tipo de beneficio no lucrativo.
Asimismo, la autoridad investigadora ordenará el retiro
inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima, al
administrador o Titular de la plataforma digital, medio de comunicación o red
social que la contenga.
En los posicionamientos y a nombre del Grupo
Legislativo de Morena, la diputada Mónica Robles Barajas dijo que el compromiso
de la actual Legislatura es perfeccionar el marco jurídico vigente y que dé
respuesta a las demandas de la sociedad, tal y como es el caso de la violación
a la privacidad sexual de las personas.
Tras anunciar el respaldo al Dictamen, la
legisladora reconoció la labor de la activista Olimpia Coral Melo quien junto con el Frente Nacional por la
Sororidad, han impulsado, primero en su natal Puebla y ahora en todo el país,
la aprobación de leyes que protejan el derecho a la intimidad sexual y
sancionen ejemplarmente esta conducta.
En tanto, a nombre del Grupo Legislativo del Partido
Acción Nacional (PAN) y como autora de la iniciativa, la diputada Montserrat
Ortega Ruiz señaló que la falta de regulación en internet ha permitido que se
ocupen medios para publicar fotografías o información que perjudican a las y
los ciudadanos.
“Queremos que se sancione de manera ejemplar a
quienes difundan las fotografías y además que la autoridad obligue el retiro
inmediato de la publicación”, agregó.