Analizará
Congreso de Veracruz propuesta de Ley del Sistema Estatal Anticorrupción
Turnan a
comisiones legislativas el proyecto de Ley presentado por los integrantes de la
Junta de Coordinación Política.
Contextos
Regionales.- La LXIV Legislatura
de Veracruz dio entrada a la iniciativa con proyecto de Ley del Sistema Estatal
Anticorrupción que tiene como propósito establecer los mecanismos de
coordinación entre los diversos órganos de combate a la corrupción en el Estado
y los municipios; las bases mínimas para la prevención de hechos de corrupción
y faltas administrativas; las disposiciones para la emisión de políticas públicas
integrales en el combate a la corrupción, así como en la fiscalización y
control de los recursos públicos.
Esta iniciativa es firmada por los diputados Sergio
Hernández Hernández, Amado Jesús Cruz Malpica, Juan Nicolás Callejas Roldán,
Yazmín de los Ángeles Copete Zapot y Fernando Kuri Kuri, integrantes de la
Junta de Coordinación Política del Congreso de Veracruz.
Al presentar la iniciativa el diputado Bingen
Rementería Molina expuso que esta ley prevé las herramientas jurídicas que
permitan sancionar los actos de corrupción en Veracruz y además incluye la
participación ciudadana en esta importante labor.
En esta nueva ley se establecerían las directrices
básicas que definan la coordinación de las autoridades competentes para la
generación de políticas públicas en materia de prevención, detección, control,
sanción, disuasión y combate a la corrupción; la organización y el
funcionamiento del Sistema Estatal Anticorrupción, su Comité Coordinador y su
Secretaría Ejecutiva.
Así como las directrices de coordinación entre sus
integrantes; las bases, principios y procedimientos para la organización y
funcionamiento del Comité Estatal de Participación Ciudadana; las políticas
para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el
servicio público y las disposiciones relativas a la rendición de cuentas, de la
transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos.
El Sistema Estatal se integrará por el Comité
Coordinador, y
el Comité de Participación Ciudadana.
El Comité Coordinador será la instancia responsable
de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema
Estatal y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas
públicas de combate a la corrupción.
Se integrará con un representante del Comité de
Participación Ciudadana, quien lo presidirá; el titular del Órgano de
Fiscalización Superior (ORFIS); el titular de la Fiscalía Especializada de
Combate a la Corrupción del Estado;
el titular de la Contraloría General del Estado (CGE);
un miembro del Consejo de la Judicatura; el comisionado presidente del
Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) y el presidente del
Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.
El Comité de Participación Ciudadana estará
integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado
por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a
la corrupción y serán nombrados mediante una Comisión de selección que
designará el Congreso del Estado.
También se propone la creación de la Secretaría
Ejecutiva del Sistema Estatal como un organismo descentralizado, no
sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía
técnica y de gestión; y será el órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador,
a efecto de proveerle la asistencia técnica y los insumos necesarios para el
desempeño de sus atribuciones.
Esta Secretaría Ejecutiva estaría integrada por el
órgano de gobierno; la comisión Ejecutiva, que será el órgano auxiliar de la
Secretaría Ejecutiva; el Secretario Técnico, quien estará a cargo de las
funciones de dirección del organismo y el órgano interno de control.
En esta propuesta de Ley se plantean las bases del
Sistema Estatal de Fiscalización y la puesta en marcha de la Plataforma Digital
Estatal que permita cumplir con los procedimientos, obligaciones y
disposiciones señaladas en la Ley General, la Ley Estatal y la nueva Ley de
Responsabilidades que en su momento se expida.
El Comité Coordinador podrá emitir recomendaciones
no vinculantes a los entes públicos, las cuáles serán públicas y de carácter
institucional y estarán enfocadas al fortalecimiento de los procesos,
mecanismos, organización, normas, así como acciones u omisiones que deriven del
informe anual que presente el Comité Coordinador.
Dentro de los 60 días siguientes a la entrada en
vigor de la presente ley, el Congreso del Estado, a través de la Presidencia de la Junta de
Coordinación Política, expedirá formal
convocatoria pública que detallará el proceso de elección de la Comisión de
Selección cuya función será nombrar a los integrantes del Comité de
Participación Ciudadana.
La convocatoria deberá ser pública y dirigida a
las instituciones educativas y de
investigación del Estado, así como a las organizaciones civiles domiciliadas en
el Estado, especializadas en materia de fiscalización, rendición de cuentas y
combate a la corrupción.
Se deberá fijar un plazo para registro de los
aspirantes, quienes en su inscripción deberán acompañar aquellos documentos y
constancias que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos en la
ley.
Para su estudio y dictamen esta iniciativa fue
turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.