Propone
diputada Yazmín Copete nueva Ley de Juntas de Mejoras en Veracruz
Se
instaurarían dichos órganos en los ayuntamientos de la entidad, cuya función
será trabajar para beneficio de la sociedad
Contextos
Regionales.- Raúl Contreras. La diputada Yazmín de
los Ángeles Copete Zapot presentó una iniciativa con proyecto de Ley de Juntas
de Mejoras para el Estado de Veracruz
cuyo objeto es instaurar en los municipios estos organismos que, con base en la
cooperación de particulares, busca beneficios a la comunidad; fortalecer la
identidad cívica; coadyuvar en la preservación del patrimonio natural y
cultural; promover la cultura de legalidad y proteger los derechos humanos.
La legisladora del Partido de la Revolución
Democrática (PRD) subrayó que las Juntas de Mejoras buscan propiciar el apoyo social
y la cooperación ciudadana voluntaria hacia objetivos de superación moral y cívica, así como de bienestar material
y fomentar la participación de las comunidades en actividades de desarrollo social, “a través de dichas Juntas
se tramitan servicios a petición y en beneficio de la ciudadanía” abundó.
En la décima tercera sesión de la LXIV Legislatura,
la diputada subrayó que con este proyecto de ley se fomenta la participación ciudadana a través de un nuevo esquema de organización, que da
orden y forma, no sólo al contenido de
la ley, sino a la estructura
jerárquica de sus autoridades.
Los cargos de las Juntas
de Mejoras, son voluntarios, honoríficos y renunciables. No pueden los miembros
de las Juntas acordar para sí, percepción alguna; ni algún concepto de forma
directa o indirecta, no podrán ser contratistas por sí o por interpósita
persona en las labores que se realicen por cuenta de la Junta.
De acuerdo al proyecto de
ley se prevé una Coordinación Estatal de Juntas de Mejoras que sería una institución cuya
finalidad será fomentar el
adecuado desarrollo de las comunidades
veracruzanas, para lo cual se encargará de organizar, dirigir y vigilar a las Juntas de
Mejoras Municipales a efecto de
que estas se desempeñen conforme a las
disposiciones que establece la presente Ley.
El Gobernador del Estado tendría la facultad
exclusiva de nombrar y remover libremente a quien sea el Coordinador Estatal de Juntas de Mejoras.
Para ser
Coordinador Estatal de las Juntas de Mejoras se requiere ser vecino de
la localidad correspondiente; no ocupar ningún cargo de elección popular,
ni haberlo ocupado en los últimos tres
años anteriores a su elección; no ser ministro de culto religioso; no ser
dirigente de asociación o partido político
dentro del municipio y no haber sido sentenciado con pena privativa de
libertad por delito doloso.
El Ayuntamiento emitirá convocatoria pública cada
cuatro años dirigida a todos los habitantes del municipio, en dicha
convocatoria se establecerán los requisitos y procedimiento de elección de los
miembros de las Juntas.
Para su estudio y dictamen esta iniciativa fue turnada a las Comisiones
Permanentes Unidas de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal y la de
Participación Ciudadana, Gestoría y Quejas.