viernes, 6 de octubre de 2017

Diputados del PRI proponen crear la Ley de Control Constitucional en el Estado de Veracruz

Diputados del PRI proponen crear la Ley de Control Constitucional en el Estado de Veracruz

Se creará la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia para regular las controversias constitucionales en Veracruz.


Contextos Regionales.- Xalapa, Ver., Maritza Zárate. El Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (PRI), a través del diputado Carlos Antonio Morales Guevara, presentó la iniciativa de Ley de Control Constitucional para el Estado, con la cual prevén mantener la eficacia y vigencia de la Constitución Política de Veracruz, con lo que logrará un Estado plural y democrático.

Morales Guevara abundó que el Control Constitucional es el proceso instituido previsto en la Constitución y tiene como objetivo vigilar que los actos de autoridad sean conformes o que estén de acuerdo con la Ley Fundamental o la Ley Suprema y en caso de no cumplirse tal requisito, sea declarado su contrariedad, procediéndose su anulación o invalidación por parte de la autoridad competente para conocer del juicio de constitucionalidad.


En tal virtud la ley buscará solventar de manera definitiva o inatacable en el orden jurídico estatal, los conflictos que por la constitucionalidad de sus actos, normas generales o la inexistencia de éstas, que surjan en el ámbito interior del Estado entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo o entre uno de ellos y los municipios que conforman el Estado.

Para lo que se creará la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia, que será la competente para regular las controversias constitucionales, las acciones de inconstitucionalidad y las acciones por omisión legislativa, además de conocer y resolver de las mismas.

Los procedimientos de control constitucional se regirán por las disposiciones de esta ley, aplicándose en su defecto de manera supletoria lo dispuesto en el Código de Procedimientos Civiles de la entidad. 

La iniciativa fue turnada a la Comisión Permanentes de Justicia y Puntos Constitucionales para su discusión y análisis.